Conociendo la Ley 20880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de Conflictos de Interés

Ley 20880 Probidad y Declaración de Intereses

La Ley 20880, promulgada en 2016, surge como parte de la Agenda de Probidad y Transparencia impulsada en Chile. Su objetivo principal es fortalecer la probidad en el servicio público y prevenir conflictos de interés mediante mecanismos claros y sanciones estrictas. Esta ley responde a la creciente demanda ciudadana de un Estado más transparente y ético.

¿Qué es el Principio de Probidad en la Función Pública?

El principio de probidad, según la Ley 18.575 y reafirmado en la Ley 20.880, exige a los servidores públicos una conducta irreprochable, honesta y leal, priorizando siempre el interés general sobre el particular. Este principio implica actuar con transparencia, rectitud y responsabilidad, rechazando la corrupción, el favoritismo y cualquier otra cuestión similar. Esto es importante para garantizar que las decisiones que toman los funcionarios y las acciones que emprenden sean coherentes con el bienestar colectivo y, por lo tanto, contribuyen a fortalecer la democracia y la confianza pública en las instituciones del estado.

Conflicto de Interés Explicado

Un conflicto de interés ocurre cuando el interés personal de un funcionario interfiere o parece interferir con su deber hacia el interés general. La Ley 20880 establece que esto podría ser debido a factores económicos, financieros, familiares u otros, que también pueden involucrar a terceros vinculados al funcionario, como familiares, socios comerciales o amigos cercanos. Tal conflicto surge cuando existe la posibilidad de que un funcionario considere sus intereses personales por encima de los del grupo. Para evitar tales posibilidades, se toman medidas obligatorias, como la declaración de intereses y patrimonio, la obligación de administrar activos a través de terceros, controles fiscales estrictos y obligaciones de desinversión, todo lo cual conduce a una gestión pública más ética y transparente.

Componentes Claves de la Ley 20880

La ley establece tres pilares fundamentales para la prevención y gestión de conflictos de intereses: la declaración de intereses y activos, que exige a las autoridades divulgar su situación financiera; los mandatos especiales de gestión de activos, que encomiendan la gestión de bienes a entidades independientes; y la obligación de disponer de ciertos activos, que es la venta o cesión de aquellos que puedan estar directamente involucrados en el proceso de toma de decisiones del funcionario. Estos mecanismos, a su vez, garantizan que los funcionarios actúen de manera transparente, rindiendo cuentas y libres de influencias indebidas en sus decisiones públicas.

Declaración de Intereses y Patrimonio

Están obligados a declarar sus intereses y patrimonio un amplio grupo de autoridades públicas, incluyendo al Presidente de la República, ministros de Estado, subsecretarios, parlamentarios, intendentes, gobernadores, alcaldes y consejeros regionales. También deben cumplir con esta obligación los altos mandos de las Fuerzas Armadas y de orden, jefes de servicios públicos, directores de empresas estatales, rectores de universidades estatales y defensores públicos.

Asimismo, en su artículo 4, numerales 9 y 10, se pueden encontrar los casos que involucran a parte de nuestros asociados:

“9. Las demás autoridades y personal de planta y a contrata, que sean directivos, profesionales y técnicos de la Administración del Estado que se desempeñen hasta el tercer nivel jerárquico de la respectiva planta de la entidad o su equivalente. Para establecer la referida equivalencia deberá estarse al grado remuneratorio asignado a los empleos de que se trate y, en caso de no tener asignado un grado, al monto de las respectivas remuneraciones de carácter permanente.
10. Las personas contratadas a honorarios que presten servicios en la Administración del Estado, cuando perciban regularmente una remuneración igual o superior al promedio mensual de la recibida anualmente por un funcionario que se desempeñe en el tercer nivel jerárquico, incluidas las asignaciones que correspondan.”

Mandato especial de administración de cartera de valores

La ley también exige que ciertos funcionarios constituyan mandatos especiales de administración de activos, delegando la gestión de sus bienes a terceros independientes dentro de un plazo de 90 días tras asumir el cargo o actualizar la declaración. Este mandato debe formalizarse mediante un contrato solemne y supervisado por la Superintendencia de Valores y Seguros, asegurando que el funcionario no intervenga en la administración de su patrimonio. Además, se establecen estrictas prohibiciones de comunicación entre el funcionario y el administrador para preservar la imparcialidad en sus decisiones públicas y evitar cualquier conflicto de interés.

Obligaciones de Enajenar Bienes

Las autoridades deben desprenderse de bienes o participaciones que puedan generar conflictos de interés, especialmente aquellos ligados a contratos con el Estado o servicios regulados. Este proceso incluye la venta, cesión o renuncia a dichos bienes y debe realizarse en un plazo máximo de 120 días desde la asunción del cargo. La ley detalla que esta obligación se aplica a participaciones en empresas proveedoras del Estado, concesiones y otros activos que puedan afectar la imparcialidad de la función pública, asegurando que las decisiones adoptadas por las autoridades sean en beneficio del interés general y no del propio.

Supervisión y Cumplimiento

La Contraloría General de la República fiscaliza el cumplimiento de las disposiciones de la ley, mientras que la Superintendencia de Valores y Seguros supervisa a los mandatarios de administración de activos. Ambas entidades tienen facultades para aplicar sanciones y pueden realizar auditorías, investigaciones y emitir informes detallados sobre posibles irregularidades. Además, colaboran con otras instituciones para garantizar una fiscalización eficaz y mejorar continuamente los mecanismos de control en el ámbito de la función pública.

Sanciones por Infracciones

Las sanciones pueden incluir multas, despido, prohibición para ejercer el servicio público y otras medidas disciplinarias, dependiendo de la gravedad de la infracción. El procedimiento sancionador permite la defensa del funcionario afectado, que incluye la presentación de pruebas y argumentos a su favor. Además, hay instancias de apelación ante la Corte de Apelaciones, que asegura el debido proceso y la posibilidad de revisión de las decisiones sancionadoras por tribunales superiores.

Transparencia y Acceso Público

Las declaraciones de intereses y patrimonio son públicas, con la excepción de los datos sensibles como direcciones, números de contacto, historial personal y cualquier otra información que esté protegida por la ley. Esta información estará disponible para el público a fin de permitir el monitoreo ciudadano, promover la transparencia y proteger la privacidad de los sujetos de los datos. Asimismo, se establecen estrictos protocolos para el manejo y custodia de estos datos, que solo permiten el acceso a las autoridades competentes sobre una base justificada.

Cronograma de Implementación de la Ley

La ley entró en vigencia en septiembre de 2016 para autoridades de la Administración del Estado y en noviembre de 2016 para otros órganos. Este cronograma permitió una adaptación progresiva a las nuevas obligaciones, otorgando a las instituciones tiempo suficiente para ajustar sus procedimientos internos, capacitar al personal y establecer mecanismos de control y supervisión efectivos. Además, se realizaron campañas de difusión para informar a los funcionarios sobre sus obligaciones y las consecuencias del incumplimiento.

Desafíos y Críticas

A pesar de su importancia, la implementación de la ley ha enfrentado desafíos, como la carga administrativa para los funcionarios y críticas sobre posibles vacíos en la fiscalización. Entre los principales retos se destacan la falta de recursos humanos y tecnológicos para el control efectivo, la resistencia al cambio por parte de algunos sectores y la necesidad de una capacitación continua para todos los involucrados. Asimismo, algunos expertos han señalado que la normativa podría beneficiarse de una actualización para abordar nuevas formas de conflicto de interés surgidas con el tiempo.

La Ley 20880 ha sido un paso crucial para fortalecer la integridad en el sector público chileno, estableciendo estándares claros para prevenir y sancionar conflictos de interés. Además, ha generado un marco normativo que fomenta una cultura de transparencia, integridad y responsabilidad en las instituciones públicas, fortaleciendo la confianza ciudadana en el aparato estatal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la Ley 20880?

Es la normativa chilena que regula la probidad en la función pública, estableciendo principios, obligaciones y mecanismos para garantizar una gestión pública ética, transparente y libre de conflictos de interés.

¿Dónde se hace la declaración de intereses y patrimonio?

Para efectuar esta declaración, debe ingresar a la página web de la Contraloría General de la República en el enlace “Sistema de Declaraciones de Intereses y Patrimonio DIP”, accediendo con “Clave Única”, otorgada en las oficinas del Registro Civil e Identificación.

¿Quiénes deben declarar sus intereses y patrimonio?

Están obligados a realizar esta declaración el Presidente de la República, ministros de Estado, subsecretarios, parlamentarios, intendentes, gobernadores, alcaldes y consejeros regionales. Además, deben cumplir con esta obligación los altos mandos de las Fuerzas Armadas y de orden, jefes de servicios públicos, directores de empresas estatales, rectores de universidades estatales y defensores públicos. También se incluyen otros funcionarios de alto nivel en la Administración del Estado cuya gestión pueda influir en la toma de decisiones gubernamentales. Esta medida busca garantizar la transparencia y prevenir posibles conflictos de interés en la función pública.

¿Qué sucede si alguien no cumple con la ley?

Se aplican sanciones como multas, destitución, inhabilitación para ejercer cargos públicos y otras sanciones administrativas. La Contraloría General de la República supervisa el proceso y puede derivarlo a instancias judiciales en casos graves.

¿Cómo protege la ley la información personal?

La ley establece que los datos sensibles, como direcciones, números de identificación, información financiera privada y otros datos protegidos por la normativa de protección de la vida privada, se mantienen en reserva. Solo pueden ser utilizados para fines de fiscalización por entidades competentes y nunca para fines distintos a los establecidos en la ley.

¿Cuál es el rol de la Contraloría General bajo esta ley?

La Contraloría General de la República es el organismo encargado de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 20.880. Su función principal es verificar que las declaraciones de intereses y patrimonio se presenten en tiempo y forma, así como sancionar a quienes incumplan con estas disposiciones. Además, tiene la facultad de realizar auditorías, investigaciones y emitir informes sobre posibles irregularidades en la gestión pública, garantizando así la transparencia y la probidad en el ejercicio de la función pública.

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